El próximo 9 de mayo, se cumplirán cuatro años de la intervención judicial de Afinsa Bienes Tangibles, S.A.

Desde el primer momento de la intervención, las declaraciones llevadas a cabo por el Secretario de Comunicación Fernando Moraleda, y por el Ministro del Interior Alfredo Pérez Rubalcaba, trasladaron a la opinión pública la necesidad de la intervención de Afinsa en aras a evitar males mayores para sus clientes y trabajadores.

La actividad de la compañia, según manifestaron ambos en sus declaraciones, no había sido otra cosa que una monumental estafa piramidal que se había prolongado nada menos que durante 25 años. De no haber intervenido AFINSA, decían ellos, el fraude se habría incrementado de manera progresiva alcanzando dimensiones de consecuencias imprevisibles.

Pues bien: a día de hoy, y desde la perspectiva que ofrece el paso del tiempo, la versión oficial se nos antoja absolutamente insostenible. A lo largo de estos dos años hemos venido conociendo una serie de hechos que ponen en tela de juicio la suspensión cautelar de Afinsa, ordenada en su momento por el juez Santiago Pedráz, quien tiene en estos momentos la instrucción completamente paralizada.

Por otra parte, durante todo este tiempo, ha quedado igualmente en evidencia la manipulación de los medios de comunicación en general, y el sesgo informativo con el que han tratado un problema que afecta a 196.000 clientes, a más de 3.000 trabajadores y a los directivos y legítimos administradores de la compañía, algunos de los cuales han sido imputados por la comisión de una serie de delitos de extraordinaria gravedad.

Sin embargo, y como nada es menos relevante a la hora de esclarecer los hechos y de administrar justicia que las cuestiones de opinión, desde nuestro Blog "Justicia para Afinsa", nos proponemos trasladar a la opinión pública en general, y a los perjudicados por la intervención en particular, información veraz, sustentada en los hechos, con el único objetivo de llegar al auténtico móvil de esta intervención y al completo esclarecimiento de todas la actuaciones que rodean a la misma.

jueves, 13 de noviembre de 2008

Actualización 13-11-08

SENTENCIA INCIDENTE CONCURSAL AFINSA

Juzgado Mercantil, nº 6
Juez instructor: D. Javier Vaquer

http://www.mediafire.com/file/ynzgtgzgrum/SENTENCIA MERCANTIL AFINSA.pdf

domingo, 6 de julio de 2008

Actualización 7-07-08

Última actualización: Convenio de Acreedores (Presentación en Power Point)

En la medida que avanza el Procedimiento Concursal deberemos estar preparados para la finalización de la denominda Fase Común del Concurso y la posterior Convocatoria para la Junta de Acreedores.

Llegados a ese punto, y salvo que presentemos un Convenio de Acreedores que vaya respaldado -como mínimo- por el 20% de la masa del crédito, nuestro penoso recorrido de estos dos últimos años habrá llegado a su fin porque estaremos abocados a la liquidación de los bienes de la Concursada, y con ello a la pérdida de nuestros ahorros.

La única alternativa para evitar que esto suceda la tenemos al alcance de la mano, mediante la adhesión a un Convenio de Acreedores. En el nuevo hilo abierto a tales efectos, encontraréis información -en líneas generales- sobre lo que supone una u otra opción para nosotros: Liquidación vs. Convenio, junto a algunas de las preguntas más frecuentes que algunos nos hacemos continuamente.

Esta sección irá engrosando su contenido en la medida que se considere necesario para ampliar información, pero siempre dentro de unos márgenes muy estrechos con respecto a la difusión de datos que pudieran perjudicar la posible aprobación de nuestro Convenio.

miércoles, 25 de junio de 2008

Actualización 25-06-08

Ultima actualización:

El documento bajo la entrada "Análisis inventario y muestra Anfil" detalla la composición del inventario filatélico de los clientes de AFINSA y el de la muestra utilizada por los peritos de Anfil.

En dicho documento, puede verse con claridad:

- Dispersión de sellos de todo el mundo
- No existen grandes concentraciones de filatelia
- ONU constituye una acumulación única de series filatélicas procedentes de las tres administraciones filatélicas que tiene este organismo, existiendo series desde el primer año de su emisión.
- Alemania e Italia con sus antiguos estados constituyen un conjunto filatélico extraordinariamente heterogéneo de la mejor época filatélica de dos de los más importantes países del filatelismo mundial.
- La partida de espécimen la componen piezas filatélicas procedentes de una gran variedad de países del mundo
- El epígrafe varios países del mundo, así es como se llama, recoge series filatélicas de varias decenas de países
- El epígrafe correspondiente a sellos PIC refiere series completas y años completos de un dilatado periodo en el tiempo, de cerca de 10 países de primera línea a nivel filatélico mundial

Actualización 25-06-08

Última actualización:

* Resolución de apertura de diligencias previas relativas a las denuncias interpuestas en su día, con respecto al robo de la filatelia perteneciente a la Colección Alemany.

* Orden Ministerial firmada por Dña. Maria Teresa Fernández de la Vega, con fecha Marzo de 2008.

sábado, 14 de junio de 2008

Actualización 15-06-08

Última actualización:

Documentos Certificados de las más prestigiosas Empresas Editoras de Catálogos Internacionales, en las que se pone de manifiesto que los precios indicados en los catálogos son los que normalmente se rigen entre compradores y vendedores en sus transacciones comerciales.

En la mayoría de los casos, llega a hacerse constar los ínfimos -incluso nulos- descuentos que con respecto a dichos precios referenciados a catálogo hacen a sus clientes a la hora de la venta.

Dichos certificados ponen de manifiesto la absoluta falta de profesionalidad de los editores del catálogo ANFIL si, como es cierto según las declaraciones del señor AYALA, dicho catálogo no sirve, en absoluto como referente de los precios de venta y es, por el contrario, utilizado de manera totalmente arbitraria, con descuentos efectuados a los clientes hasta un 80% sobre los precios referenciados en el referido catálogo.

miércoles, 11 de junio de 2008

Actualización 11-06-08

Última actualización:

Escrito de recusación del Ilmo. Sr. D. Santiago Pedraz Gómez y Auto que da lugar a la misma (Ver en columna de la derecha del Bolg, en apartado "Denuncias y Puestas en Conocimiento")

miércoles, 4 de junio de 2008

Actualización 4 de Junio de 2008

Con el fin de facilitar su localización y posterior lectura, incorporamos las últimas actualizaciones llevadas a cabo en el Blog.

Ver en el apartado "Denuncias y Puestas en Conocimiento" y bajo el título "Audiencia Nacional - Secretaría de Gobierno" el acuse de recibo de la denuncia interpuesta el pasado 26 de los corrientes en la Secretaría de Gobierno de la Audiencia Nacional, por Dña. Angeles Durán López.

De conformidad con este documento, se da traslado al juez decano de los Juzgados de Instrucción de la Audiencia Nacional a los efectos de que se turne al juzgado competente a fin de que abra diligencias con respecto a la denuncia interpuesta tanto en la Fiscalía, como en el Consejo General del Poder Judicial, como en la Audiencia Nacional, en relación a la denuncia que en su día se hizo de la desaparición de determinados lotes filatélicos correspondientes a la Colección Alemany y de la cual, hasta la fecha, ninguno de los órganos judiciales ante los que se interpusieron las consiguientes denuncias hayan hecho absolutamente nada para el esclarecimiento de los hechos.

miércoles, 28 de mayo de 2008

28 de Mayo de 2008

Con el fin de facilitar su localización y posterior lectura, incorporamos las últimas actualizaciones llevadas a cabo en el Blog.

Ver en el apartado "Denuncias y Puestas en conocimiento", las cinco últimas denuncias interpuestas el pasado día 27 de Mayo, y que corresponden a:

1.Denuncia Dirigida al Consejo General del Poder Judicial.
2.Denuncia Dirigida al Juzgado de lo Mercantil número 6.
3.Denuncia Dirigida a la Fiscalía General del Estado.
4.Denuncia Dirigida a la Audiencia Nacional.
5.Denuncia Dirigida a la Central 1 de la Audiencia Nacional

A estas denuncias habría que añadir las numerosas que se han presentado en ese mismo día, en los Juzgados de Plaza de Castilla, firmadas todas ellas a título individual por clientes de Afinsa, y en las que se solicita la entrega inmediata de los lotes filatélicos propiedad de los mismos.

lunes, 26 de mayo de 2008

Actualización 27 Mayo 2008

Con el fin de facilitar su localización y posterior lectura, incorporamos las últimas actualizaciones llevadas a cabo en el Blog.

Providencia del Juez Mercantil al Perito Filatélico nombrado por Afinsa para llevar a cabo una nueva peritación de los sellos depositados en Logista.
Apartado: Denuncias y Puestas en Conocimiento.

NOTA AL RESPECTO: Por su importancia, conviene aclarar una serie de puntos con respecto a dicha Providencia que, de otro modo, pasarían inadvertidos.


Notas a la Providencia con fecha de recepción 9 de mayo de 2008


Queda claro que ya por dos veces antes de esta, el juez ordenó a los administradores concursales que facilitasen la muestra filatélica para su análisis por parte de los peritos nombrados.

Asimismo, en esas dos anteriores providencias, se requiere a los administradores concursales que faciliten el acceso a los peritos al lugar donde los sellos están custodiados “en el horario y forma mas amplia posible”, requerimientos todos ellos reiteradamente incumplidos hasta ahora.

Habiéndose notificado la autorización para la pericia el 24 de abril, ante el manifiesto y pertinaz obstruccionismo de los administradores concursales, los peritos filatélicos presentaron escritos de reclamación por tres veces consecutivas y por tres veces también el juez contesto a dichos escritos (el 28, 29 de abril y finalmente el 9 de mayo), a través de sendas providencias, estableciendo a favor de los peritos un amplio horario así como todos los medios técnicos posibles, incluido el acceso a los sellos, para realizar su prueba pericial.

A pesar de ello, los administradores concursales no han permitido realizar el trabajo más allá de 8 horas diarias, en días laborables, excluidos sábados y fiestas y “puentes” locales.

La muestra filatélica usada en su día por los peritos de la administración concursal, fue entregada por los administradores concursales el día 9 de mayo, y el inventario filatélico completo el 19 de mayo .

Finalmente los administradores concursales no han tenido mas remedio que comprometer la entrega, además, del inventario filatélico validado por el administrador judicial Sr. Grávalos, que modifica el elaborado por ellos en casi 400 millones de euros mas de valor ultimo del inventario filatélico.

Se espera que el martes día 26, salvo nuevo incumplimiento de los administradores concursales, entreguen ese inventario.

Parece que a su Señoría, como claramente se observa en su providencia, le molesta sobre manera las continuas denuncias de los peritos filatélicos nombrados por AFINSA, requiriéndoles que se abstengan en el futuro de realizar nuevas apreciaciones y pidiéndoles que ciñan su trabajo a la muestra filatélica utilizada por los administradores concursales.Bien es cierto que esto último como el mismo reconoce solo era el inicial objeto, no en absoluto único, de la pericia solicitada por AFINSA, como él bien indica en su providencia.

sábado, 10 de mayo de 2008

Actualizacion 10 de Mayo de 2008

Con el fin de facilitar su localización y posterior lectura, incorporamos las últimas actualizaciones llevadas a cabo en el Blog.

* Importante documento firmado por los Fiscales Luzón y Pavía, en el que deniegan la pertinencia de la declaración en calidad de testigo de Manuel Conthe, con base a una serie de razonamientos, entre los que destacamos los siguientes:

* Que con fecha 7 de noviembre de 2007, la fiscalía ya se opuso a la declaración de Manuel Conthe, cuya diligencia se fundamentaba en unas declaraciones efectuadas por el Sr. Conthe que (sic) "aunque respetables por la cualificación profesional del anterior presidente de la CNMV, de ellas no se deducía un conocimiento directo sobre los hechos concretos objeto de este procedimiento que aconsejara su llamada a la causa en calidad de testigo."

* Que esta es una segunda denegación sobre la petición de llamar a declarar al Sr.Conthe y que

*(sic) Salvo que la declaración de Manuel Conthe en el procedimiento mercantil revele alguna circunstancia por el momento desconocida que pueda hacer pertinente la declaración propuesta, su llamada al proceso en fase de instrucción, resulta por el momento, a jucio del Fiscal, una declaración supérflua e innecesaria.

(Para ver el documento completo, pinchar en:

"Denuncias y Puestas en Conocimiento" y a continuaciónen el link: "Denegación Fiscalía Declaraciones Manuel Conthe Como Testigo"

Actualización 9 de Mayo de 2008

Con el fin de facilitar su localización y posterior lectura, incorporamos las últimas actualizaciones llevadas a cabo en el Blog.

* Recomendamos pinchar en el link correspondiente a "Denuncias y Puestas en Conocimiento" y después en el apartado " Providencia Juez Pedraz Denuncia Robo Filatelia".

La calidad del texto es muy baja, por lo tanto reproducimos la frase en la que su señoría el juez Pedraz alude a la propiedad de la filatelia: "-Como ya se dijo en resolución de Febrero pasado quedaban bajo la competencia de los Administradores Concursales todos los lotes filatélicos de los clientes de Afinsa y de la propia sociedad-". (Nos abstenemos de hacer comentarios adicionales al respecto).

jueves, 1 de mayo de 2008

Actualización 2 de Mayo de 2008

Con el fin de facilitar su localización y posterior lectura, incorporamos las últimas actualizaciones llevadas a cabo en el Blog:

* Artículo de la OCU publicado en el número 81 de su revista "Dinero y Derechos" (Marzo-Abril 2004), en el que cuestionaba las prácticas empresariales de AFINSA, Bienes Tangibles, S.A.

* Rectificación a dicho artículo realizada a través del mismo medio (Revista Dinero y Derechos), nº 83 Julio-Agosto 2004).

* Carte remitida a Kaplan Fox & Kilsheimer, LLP por D. José María Sempere, en la que exige una inmediata rectificación a las declaraciones realizadas por elpropio Robert Kaplan tras la suspensión cautelar de AFINSA, en las que realizaba graves acusaciones coontra ambas compañías: Escala Group y AFINSA, Bienes Tangibles tal y como recoge el siguiente artículo:

Judge: OK to sue scandal-scarred Escala
BY ROBERT E. KESSLER
robert.kessler@newsday.com

A federal judge has ruled that a shareholders' civil fraud lawsuit can proceed against Escala, a major stamp-and-coin dealer that has become embroiled in the collapse of a Spanish pension fund and whose key officers included two Saltaire residents.

The residents are Gregory Manning, the company's founder, and Scott Rosenblum, the mayor of the Fire Island community. However, in his ruling Tuesday, U.S. District Judge Alvin Hellerstein in Manhattan said the shareholders could not, as they also wished, sue Manning or Rosenblum as individuals at this time.

Manhattan-based Escala, which, along with Sotheby's and Christie's, was one of the world's biggest dealers in rare stamps and coins, admitted in June that it is under investigation by the Securities and Exchange Commission, following the collapse of its stock in the wake of the Spanish government closing one of its major customers, Madrid-based Afinsa, amid allegations of a massive criminal fraud.

Afinsa was one of the largest pension funds in Spain. But that country's government raided the firm's offices in May, saying the business was nothing more than a Ponzi scheme with its assets based on overvalued stamps that mainly had been sold to it by Escala.

In the aftermath, Afinsa collapsed, leading to 300,000 Spaniards losing several billion dollars in pension funds. Afinsa also owned a majority interest in Escala while buying stamps from it in a series of complicated transactions.

A number of Afinsa officials have been arrested on criminal fraud charges by Spanish officials. Escala officials in the United States, including Manning and Rosenblum, have not been charged criminally in either this country or Spain.

Manning and Rosenblum did not return calls Wednesday seeking comment. Attorneys for Escala and company's officers and directors, including Manning and Rosenblum, have denied they were involved in any wrongdoing.

After the scandal broke in Spain, the value of Escala stock dropped from a high of $35 a share to $4.34 in May. Escala was delisted by Nasdaq stock market in January for failure to file adequate financial reports and now only trades as an over-the-counter stock.

In court papers, Robert Kaplan, the attorney for the shareholders, said of the alleged fraud: "Escala participated in a scheme with Afinsa under which stamps with little or no value were given artificially inflated values through various means, including sham auctions, auctioning parts of collections and valuing the remainder of the collections at the high price of the few valuable stamps that were auctioned, selling stamps at artificially inflated prices with related parties and manipulating the alleged value of stamps in published catalogs."
As a result of these activities, Escala overstated its actual income 67 percent to 91 percent, Kaplan said in the suit. In the third quarter of 2004, for example, he claimed, Escala reported a net income of $5.134 million, while its actual income was $440,000.

In court Tuesday, attorneys for Escala and its officers said none of the officials of the company was aware what was occurring at Afinsa.

In allowing the stockholders' suit to go forward, Hellerstein said the shareholders had not shown any actions on the part of the officers and directors, including Manning and Rosenblum, that could implicate them in any fraudulent scheme.

Hellerstein gave the shareholders until the end of May to gather evidence to persuade him to change his decision.

Manning, who also has a home in Far Hills, N.J., turned Escala into a major figure in the stamp and coin world, buying up smaller companies around the globe. The company name is Spanish for ladder.

Manning resigned from the company in December, saying, "I have greatly enjoyed my many years at the Escala group, and I now look forward to having the time and ability to pursue other opportunities."

Escala director Rosenblum is a well-known Manhattan attorney with the firm of Kremer, Levin, Naftalis & Frankel.

Hellerstein, in his ruling, noted he had worked with Rosenblum while in private practice, but did not believe that should cause him to have another judge appointed to the case. The attorneys for both sides agreed.

After the hearing, Kaplan, the attorney for the stockholders, declined comment, as did Arthur Aufses, attorney for Escala, and Scott Reynolds, attorney for Manning, Rosenblum and several other company directors and officers. An SEC spokesman also declined to comment on the investigation.

jueves, 24 de abril de 2008

Actualización 24 de Abril de 2008

Con el fin de facilitar su localización y posterior lectura, incorporamos las últimas actualizaciones llevadas a cabo en el Blog:

* Algunos de los Artículos aparecidos en prensa extranjera a los que Greg Manning alude en su Informe (Ver nueva sección bajo la traducción del Informe Manning)

* Artículo de "El pais" recopilando parte de dichos artículos.

* Incorporación de una nueva Sección bajo el nombre: "Recopilación de Artículos de Interés" (pie de página)

Iniciamos la misma con dos artículos referidos al Mundo del Arte y relativos a:
- Valsart.
- Un encuentro que tuvo lugar en Miami entre relevantes personalidades del sector (Pág. 1).

lunes, 21 de abril de 2008

Actualización 22 de Abril de 2008

Con el fin de facilitar su localización y posterior lectura, incorporamos las últimas actualizaciones llevadas a cabo en el Blog:

* Informe/Declaración llevado a cabo por Greg Manning, antiguo CEO de GMAI (Greg Manning Auctions) ante el "Commitee on the Judiciary United States Senate", el 28 de Junio de 2006 (diecinueve días después de la intervención judicial de Afinsa Bienes Tangibles, S.A.)en la nueva Sección abierta bajo el nombre de "Escala Group"

NOTA: Pese a la extensión del documento original en el que se incorporan otras declaraciones además de las del señor Manning,recomendamos su lectura puesto que desvela con toda su crudeza la relación que existe entre determinada Prensa y Analistas Financieros y los fondos de cobertura (hedge funds) con practicas de compra-venta conocidas como "short selling" (compra "a corto").

(El informe del Sr. Manning está comprendido entre las páginas 171 a 190).

* Traducción del Informe/Declaración llevado a cabo por Greg Manning.

NOTA: Conviene destacar la dificultad que existe para traducir con absoluta precisión algunos de los términos que contiene este informe. De ahí que aconsejamos remitirse a su versión original ante cualquier posible duda con respecto a la traducción al español del contenido del mismo.

* Queja elevada por el Presidente de ACU Soluciones, D. José Rodríguez López, al Ilm. Sr. D. Francisco José Hernando Santiago, Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo (Apartado: Denuncias)

sábado, 19 de abril de 2008

Actualización 20 de Abril de 2008

Con el fin de facilitar su localización y posterior lectura, incorporamos las últimas actualizaciones llevadas a cabo en el Blog:

* Denuncias y Puestas en Conocimiento.

* Intento de Subasta en Bélgica de Piezas Filatélicas pertenecientes a la Colección
Alemany.

* Afinsa Bienes Tangibles, S.A.: Memoria Concurso.

* Traducción Inglés Declaraciones Sra. Yabar.

* Informe Torsten Brohän (Necesario para comprender en toda su dimensión la
importancia de las declaraciones llevadas a cabo por la Inspectora Yabar).

* Razonamientos Sobre el Fondo Juridico y Economico de AFINSA (D. Juan A. Cano).

viernes, 18 de abril de 2008

Intento de Subasta Piezas Colección Alemany

La sustracción de piezas filatélicas de la Colección Alemany sigue generando noticias. Una afamada casa de subastas belga recibió un lote de piezas separadas solicitando la subasta de las mismas -acto que se habría llevado a cabo hace dos semanas- y que ha sido anulado por parte de dicha casa de subastas, tras haberle sido notificada la denuncia por robo que pesa sobre dicha Colección y la apertura de diligencias previas que están en curso en dos Juzgados de Instrucción tras las denuncias interpuestas con respecto a dicha sustracción.

Estos hechos han sido puestos en conocimiento del juez D. Santiago Pedraz, del mismo modo que se denunció el pasado mes de Septiembre de 2007 la sustracción de piezas filatélicas de esta Colección, y de lo cual su señoría D. Santiago Pedraz dio traslado al Juez de lo Mercantil.

La importancia de todo lo anterior radica en que estas piezas filatélicas son consideradas, junto con 150 millones de sellos más, "piezas de convicción" en el proceso abierto contra Afinsa Bienes Tangibles y su sustracción y posterior intento de subasta, afecta directamente a las diligencias que se están llevando a cabo en dicho proceso.

Para más información, pulsar :"Intento Subasta Piezas Colección Alemany en Bélgica (Datos Casa de Subastas) y (Datos y Fotografías de las Piezas)" en la columna derecha del Blog, apartado "Colección Alemany"

domingo, 13 de abril de 2008

Fin de la Huelga: Inicio del Blog

12-04-08

Estamos de enhorabuena. Los funcionarios han decidido poner fin a un conflicto reivindicativo que se ha prolongado durante más de dos meses y que ha paralizado más de 130.000 actuaciones. Entre ellas la que nos afecta a nosotros: 190.000 clientes de Afinsa.Presumiblemente, funcionarios y magistrados se emplearán a fondo en la tarea de ponerse al día. No existe ya ningún impedimento para que su señoría, D. Santiago Pedráz vuelva a llamar a declarar a D.Juan Antonio Cano. De no ser así, deberíamos cuestionarnos la manera en que el juez está llevando a cabo la fase de instrucción ya que sucesivos aplazamientos y demoras injustificadas podrían llegar a vulnerar el punto número 2 del Artículo 24 de nuestra Constitución.Dicho Artículo dice claramente que:

1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los que jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.

2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la Ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia. La Ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.Que nosotros sepamos, la última declaración efectuada por el Sr. Cano tuvo lugar el pasado mes de Diciembre. Desde entonces no ha sido llamado a declarar. Si esta situación se prolonga, llegará un momento en que el Procedimiento que se instruye en el Juzgado de lo Mercantil nº 6 irá por delante del que Santiago Pedráz instruye en la Audiencia Nacional. Es más: podría darse la paradoja de que se archivase el Procedimiento Penal por falta de pruebas y la empresa ya estuviese liquidada (esto, naturalmente, sería la consecuencia directa de no sacar adelante un Convenio de Acreedores). Confiemos en que las actuaciones judiciales se pongan nuevamente en marcha con evidente y ostensible celeridad, porque de otro modo, lo que muchos de nosotros nos maliciamos resultará ser, más que una sospecha, una evidente y terrible realidad.
Analicemos la gravedad de las imputaciones realizadas por parte de la Fiscalía Anticorrupción y la realidad de los hechos que invalidan las mismas.

13-04-08

Imputaciones y Evidencias

A día de hoy, esta es la situación que tienen sobre la mesa de actuaciones tanto la Fiscalía como el Juez D. Santiago Pedráz.

Imputación: AFINSA no vende sellos porque no tiene sellos. Su actividad únicamente se limitó a captar dinero.
Hechos: La administración concursal ordenó trasladar los sellos propiedad de los clientes y los de la propia AFINSA, de las cajas fuertes de la sociedad a los almacenes de Logista. En ese traslado se constató la existencia de más de 150 millones de sellos que requirieron más de 26.000 cajas para su traslado, con un peso superior a 200 toneladas. La administración concursal ha verificado que cada cliente de la empresa es propietario de un lote de sellos de igual importe al precio pagado por el. Estos lotes están identificados e individualizados de tal forma que no existe un solo sello propiedad de más de una persona. AFINSA sí vendía sellos y todos existen.

Imputación: Los sellos que tiene AFINSA son falsos.
Hechos: Los sellos de valor igual o superior a 2.000€ tienen un certificado de autenticidad que elimina cualquier duda al respecto. Para los sellos de inferior precio existe la garantía, por contrato, del proveedor ante cualquier duda sobre su autenticidad.
Los sellos son auténticos.

Imputación: Los sellos de AFINSA no se revalorizan.
Hechos: En el informe presentado por AFINSA en su incidente concursal, se demuestra que la evolución de precios de los sellos vendidos por AFINSA, según se verifica en los catálogos internacionales editados cada año, es superior a la inflación y también al mínimo beneficio garantizado por ella.Todos los sellos se han revalorizado.

Imputación: Los sellos se venden sobrevalorados.
Hechos: AFINSA vendía los sellos siguiendo el valor reflejado para los mismos en los principales catálogos internacionales. Es costumbre generalizada del mejor comercio filatélico internacional seguir este criterio, si bien, como es lógico, existe libertad de precios en el mercado para que comprador y vendedor lleguen a cualquier acuerdo al respecto. Los sellos no están sobrevalorados. NOTA: (Obsérvese la flagrante contradicción en la que incurren las imputaciones anteriores)

Imputación: Estafa a sus clientes.
Hechos: AFINSA en 26 años de actividad, con más de 250.000 personas que eran o habían sido clientes suyos, nunca fue denunciada por engaño. AFINSA cumplió siempre sus compromisos pactados a plena satisfacción de sus clientes. Nunca hubo engaño a un solo cliente, ni por tanto dolo, ni enriquecimiento indebido de nadie.La estafa no existió nunca.

Imputación: Blanqueo de capitales.
Hechos: AFINSA era colaborador del Banco de España para la prevención especial del blanqueo de capitales. Su colaboración arranca del año 1998 con el SEPBLAC. El Banco de España ha emitido dos informes del control al que se sometió AFINSA sin que hubiera en ninguno de ellos imputación alguna por presunta irregularidad.
Nunca hubo blanqueo.

Imputación: Insolvencia punible.
Hechos: Todas las cuentas de AFINSA eran auditadas y, además, la empresa ya había sido inspeccionada por la AEAT. Según la ley, la empresa era solvente y con un importante beneficio por año. Para alegar la insolvencia ha sido necesario hacer dos cosas: la primera es no considerar la actividad que ella realiza como comercial, de compra y venta (tal y como ordena la ley); y la segunda, devaluar el valor de sus sellos muy por debajo de su precio de mercado según catálogos (al 10% de su valor). Ambas acciones son contrarias a la ley y a la costumbre y su defensa por quienes las sostienen responde exclusivamente a criterios subjetivos. No hay insolvencia.

Imputación: Administración desleal.
Hechos: Esta imputación solo la pueden realizar los accionistas de una empresa si entendieran que sus intereses como tales están siendo perjudicados por el Consejo de Administración de la empresa. Evidentemente, en este caso eso es imposible por pertenecer los accionistas a ese Consejo.No hubo administración desleal.

Nota Final: Se sigue trabajando para solicitar la nulidad de la actuación penal por delito fiscal.

AFINSA siempre cumplió sus obligaciones con sus clientes, trabajadores, proveedores y la propia Administración. No existen denuncias en su contra. Su actividad fue siempre pública y notoria. En ella trabajaban, entre colaboradores y trabajadores de pleno derecho, más de 3.000 personas. Su actividad se desarrolló sin interrupción durante 26 años afectando a más de 250.000 personas de todos los ámbitos sociales, profesionales y procedencias. Los diferentes ámbitos de la Administración en áreas económicas, financieras, monetarias o de consumo tenían perfecta referencia de las actividades que AFINSA realizaba. En los 26 años de operativa de AFINSA nunca hubo una sanción o amonestación por parte de cualquier órgano de la Administración.